sábado, 22 de marzo de 2014

Ordenanza 289

La emergencia económica, sancionada el 15 de diciembre de 2011.

Visto: Las facultades conferidas por la Carta Orgánica Municipal; y,

Considerando: Que, teniendo en cuenta la culminación de la emergencia económica el próximo 30 de diciembre del 2011;
Que, por ello se hace necesario dictar una norma que establezca las condiciones de la prórroga y permita al Ejecutivo Municipal tomar medidas extraordinarias por un plazo de 180 días;

Por todo ello:

El Concejo Deliberante de Las Termas de Río Hondo sanciona con fuerza de ordenanza:

Art. 1º. Declárese en emergencia la situación económica financiera del Estado Municipal. El estado de emergencia tendrá vigencia por (180) ciento ochenta días a partir de su promulgación, en carácter restrictivo para la suspensión de pagos de juicios contra el Municipio de Las Termas de Río Hondo que tuvieren sentencia firme, por el lapso de 180 (ciento ochenta) días a partir del 30 de diciembre del 2011. En el plazo estipulado precedentemente, el Departamento Ejecutivo Municipal estará facultado a realizar convenios de pagos cuando fueran manifiestamente favorables al Municipio de Las Termas de Río Hondo. Los convenios que se acordaren serán comunicados durante el mismo lapso al Concejo Deliberante para su conocimiento.


Art. 2º. Comuníquese, regístrese, publíquese, cumplido archívese.

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