La emergencia económica, sancionada el 15 de
diciembre de 2011.
Visto: Las facultades conferidas por la Carta
Orgánica Municipal; y,
Considerando: Que, teniendo en cuenta la culminación
de la emergencia económica el próximo 30 de diciembre del 2011;
Que, por ello se hace necesario dictar una norma que
establezca las condiciones de la prórroga y permita al Ejecutivo Municipal
tomar medidas extraordinarias por un plazo de 180 días;
Por todo ello:
El Concejo Deliberante de Las Termas de Río Hondo
sanciona con fuerza de ordenanza:
Art. 1º. Declárese en emergencia la situación
económica financiera del Estado Municipal. El estado de emergencia tendrá
vigencia por (180) ciento ochenta días a partir de su promulgación, en carácter
restrictivo para la suspensión de pagos de juicios contra el Municipio de Las
Termas de Río Hondo que tuvieren sentencia firme, por el lapso de 180 (ciento
ochenta) días a partir del 30 de diciembre del 2011. En el plazo estipulado
precedentemente, el Departamento Ejecutivo Municipal estará facultado a
realizar convenios de pagos cuando fueran manifiestamente favorables al
Municipio de Las Termas de Río Hondo. Los convenios que se acordaren serán
comunicados durante el mismo lapso al Concejo Deliberante para su conocimiento.
Art. 2º. Comuníquese, regístrese, publíquese,
cumplido archívese.
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