sábado, 22 de marzo de 2014

Ordenanza 313

Emergencia Económica.

Visto: Las facultades conferidas por la Carta Orgánica Municipal, y;
Considerando: Que, teniendo en cuenta la culminación de la emergencia económica el próximo 27 de diciembre de 2012;

Que, por ello se hace necesario dictar una norma que establezca las condiciones de la prórroga y permita al Ejecutivo municipal tomar medidas restrictivas del patrimonio municipal por un plazo de 180 días.

Por todo ello:

El Concejo Deliberante de Las Termas de Río Hondo sanciona con fuerza de ordenanza

Art. 1: Declárese en emergencia la situación económica o financiera del estado municipal. Es estado de emergencia tendrá vigencia por 180 (ciento ochenta) días a partir de su promulgación, en carácter restrictivo para la suspensión de pagos de juicios contra el Municipio de Las Termas de Río Hondo que tuvieren sentencia firme, por el lapso de 180 (ciento ochenta) días a partir del 28 de diciembre de 2012.

Art. 2: En el plazo estipulado precedentemente, el Departamento Ejecutivo Municipal estará facultado a realizar convenios de pagos cuando fueran manifiestamente favorables al municipio de Las Termas de Río Hondo.

Art. 3: Será de obligación y cumplimiento por parte del señor intendente y el señor Fiscal municipal, de manera conjunta, elevar a este Concejo Deliberante hasta el último día hábil del mes de febrero de 2013, la correspondiente nómina de los convenios que se hubieren acordado a partir de diciembre de 2010 a diciembre de 2012. Posteriormente y hasta el fin de la vigencia de la presente ordenanza serán debidamente informados los nuevos convenios que se acordaren.

Art. 4: La falta de cumplimiento del informe será causal de juicio político al funcionario pertinente.

Art. 5: Comuníquese, regístrese, publíquese y archívese.

Sala de sesiones, 20 de diciembre de 2012.

María Cristina Medina, vicepresidente del Concejo Deliberante.

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